El Tribunal Supremo ha anulado de forma definitiva que los ayuntamientos del Condado de Treviño y La Puebla de Arganzón puedan suscribir convenios de colaboración con el Gobierno vasco en materia de educación y cultura, así como sobre promoción económica y desarrollo rural, según consta en la sentencia, a la que tuvo acceso Ical, y contra la que no cabe recurso de casación.
La sentencia se pronuncia sobre el recurso presentado por la Comunidad del País Vasco y el Ayuntamiento de la Puebla contra el fallo que dictó el 14 de octubre de 2005 el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), por el que acordó desestimar, a raíz de un recurso interpuesto por la Junta, el acuerdo al que llegó el citado Ayuntamiento en pleno para suscribir convenios con el Gobierno vasco y a facultar a su alcalde a rubricarlos.
En aquel fallo, el TSJCyL decidió anular el acuerdo por entender que no se ajustaba a derecho.
El Supremo en su fallo, con fecha de 19 de diciembre 2008, alude a la decisión que ya tomó el 15 de julio del presente año, en ese caso sobre los convenios que suscribieron el Gobierno vasco y el Ayuntamiento del Condado de Treviño, donde, a juicio del Tribunal, las partes esgrimieron los mismos argumentos que en éste.
Finalmente, añade que en su día el TSJCyL no desapoderó a la corporación municipal, sino que se limitó a anular el acuerdo por invadir, como se ha dicho, competencias que estatutariamente corresponden a la Comunidad de Castilla y León. (20 minutos)
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